PUERTOS MEXICANOS
El Código PBIP juntos con las enmiendas al Convenio SOLAS se publicó en el Diario Oficial de la Federación con fecha 12 de febrero del 2004 y entra en vigor el próximo 1 de julio del 2004.
La secretaría de comunicaciones y Transportes, Coordinación General de Puertos y Marina Mercante (CGPMM), estableció mediante el Oficio No. 115.-3167.3-12764 que sería FIDENA a través de un cuerpo de expertos, la institución del Gobierno Federal que llevará a cabo las Evaluaciones de Protección (EPIP), Revisiones del Plan de Protección (PPIP) y Auditorias de implementación del PPIP y del PPB.
Mediante el oficio 12 de enero del 2004, la CGPMM dio a conocer los puertos y terminales que habrán de cumplir con los requerimientos del Código, así mismo FIDENA desarrollo el procedimiento para la implementación del Código en los puertos y Terminales.
Todo puerto o terminal que deba cumplir con los requerimientos del Código deberá remitir la solicitud del servicio debidamente llenada al correo de FIDENA codigo.pbip@fidena.gob.mx; los puertos y las terminales con el fin de agilizar los trámites de la EPIP deberán llenar los formatos PBIP 003 y 004 que a continuación se mencionan:
BUQUES MEXICANOS
Así mismo FIDENA desarrolló el procedimiento para la implementación del Código en los buques.
Todo buque que deba cumplir con los requerimientos del Código deberá remitir la solicitud del servicio debidamente llenada al correo de FIDENA formacion@fidena.gob.mx; los buques con el fin de agilizar los trámites de la EPB deberán llenar los formatos PPB 003 y 004 que a continuación se mencionan:
EL TERRORISMO A NIVEL MUNDIAL BUSCARÁ NUESTRAS VULENERABILIDADES EN BUQUES Y PUERTO.
LA OMI NOS DIO LOS LINEAMIENTOS PARA PROTEGERNOS.
EL QUE SE CUMPLA DEPENDE DE NOSOTROS.